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TC frena los paros en Las Terrenas y ordena reforzar la vigilancia del calendario escolar

junio 17, 2026 · Redactor
TC frena los paros en Las Terrenas y ordena reforzar la vigilancia del calendario escolar
Foto: www.diariolibre.com

La sentencia dispone cesar las paralizaciones en horario lectivo y encomienda al Minerd y al Defensor del Pueblo supervisar el cumplimiento para evitar nuevas interrupciones

El Tribunal Constitucional dispuso que la seccional de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) en Las Terrenas cese y se abstenga de convocar o ejecutar paralizaciones de docencia en horario lectivo que afecten el calendario escolar oficial, al entender que esas medidas lesionaron el derecho fundamental a la educación de estudiantes del Distrito Educativo 14-07. La decisión está contenida en la sentencia TC/0428/26, que acogió un recurso de revisión constitucional de amparo presentado por un grupo de ciudadanos y dejó sin efecto una sentencia de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná.

El fallo precisa que las paralizaciones de los días 22, 25, 26 y 27 de noviembre de 2024 impactaron el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes matriculados en ese distrito educativo, en violación de los artículos 56 y 63 de la Constitución. A partir de esa determinación, el tribunal ordenó como garantía de no repetición que la ADP de Las Terrenas elabore e implemente en 90 días un protocolo de gestión de conflictos internos que priorice el diálogo, la mediación y la avenencia sin interrumpir el servicio educativo público.

La sentencia añade la necesidad de una supervisión institucional más rigurosa sobre el sistema. En ese sentido, el TC exhortó al Ministerio de Educación, por medio del Distrito Educativo 14-07, a vigilar el cumplimiento del calendario escolar y a habilitar canales de diálogo que eviten que la paralización de la docencia sea utilizada como mecanismo de negociación. También encargó al Defensor del Pueblo dar seguimiento al cumplimiento de la obligación impuesta a la organización gremial y comprobar la creación del protocolo dispuesto por el tribunal.