La muerte de Rebecca Brizard, de 28 años, tras una liposucción presuntamente realizada por un barbero sin título de médico ni autorización para ejercer, volvió a colocar bajo escrutinio no solo las sanciones penales previstas para el intrusismo profesional, sino las fallas de control alrededor de procedimientos de alto riesgo. Según informó el Ministerio de Salud Pública, la intervención se realizó en un establecimiento que también es investigado por presuntamente operar sin la habilitación correspondiente.
Las autoridades indicaron que el hombre señalado había trabajado antes en el área estética, pero no contaba con título de medicina, exequátur ni autorización legal para practicar intervenciones quirúrgicas. Aunque este proceso se conocerá con la legislación vigente al momento de los hechos, el caso ha puesto en primer plano lo que dispone la Ley 74-25, que tipifica de forma expresa la usurpación de títulos profesionales o intrusismo para quienes ejerzan profesiones reguladas sin la autorización requerida. La norma establece penas de dos a tres años de prisión menor y multas de nueve a quince salarios mínimos del sector público. Ese nuevo tipo penal no se limita a la medicina, sino que alcanza otras profesiones sujetas a licencia, exequátur o habilitación oficial.
En un expediente como el que investigan las autoridades, el Ministerio Público también podría valorar otros cargos, mientras el caso deja abierta una alerta institucional: el debate ya no se reduce a qué castigo aplicar después, sino a cómo evitar que actividades presuntamente irregulares operen hasta producir consecuencias irreversibles.
