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Abinader envía al Senado reforma al Código Civil para unificar la vigencia de las leyes en el DN y Santo Domingo

junio 16, 2026 · Redactor
Abinader envía al Senado reforma al Código Civil para unificar la vigencia de las leyes en el DN y Santo Domingo
Foto: www.diariolibre.com

La iniciativa pretende corregir el desfase de un día en la entrada en vigor de las leyes y dar valor jurídico a las publicaciones electrónicas oficiales; en nombre de una mayor seguridad jurídica y vigilancia institucional.

El presidente Luis Abinader, a través del consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Jorge Subero Isa, remitió al Senado un proyecto de ley para modificar el artículo 1 del Código Civil dominicano y unificar el plazo de entrada en vigencia de las leyes en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo. La propuesta parte de que la diferencia actual entre ambas demarcaciones genera un desfase de un día, una situación que, según el propio Poder Ejecutivo, puede provocar desigualdades en la aplicación de las normas y comprometer la seguridad jurídica de los ciudadanos.

Aunque existe una división administrativa, el proyecto reconoce que el Distrito Nacional y Santo Domingo mantienen una dinámica compartida por la movilidad constante de sus habitantes y por su integración social, económica, laboral y educativa. Sobre esa base, el Gobierno plantea adecuar la legislación a esa realidad, una corrección que vuelve a colocar el foco sobre la necesidad de revisar normas que siguen funcionando con criterios desfasados frente a la vida cotidiana de la población.

La propuesta además prevé otorgar a los medios electrónicos oficiales el mismo efecto jurídico que la publicación impresa de las leyes. Si bien el Poder Ejecutivo presenta el cambio como parte de una modernización del sistema jurídico y de una mayor transparencia en la difusión legislativa, la iniciativa pasa ahora al examen del Senado, donde el alcance de la reforma y sus efectos sobre la aplicación uniforme de las normas requerirán seguimiento y rendición de cuentas institucional.